2 de agosto de 2020

ENTÉRESE AQUÍ: ¿Qué tiene que hacer un empleado público para ser de carrera administrativa?

Por: Patria Reyes Rodríguez

Santo Domingo, RD.-La Ley 41-08 de Función Pública establece con claridad cuatro categorías de empleados públicos, pero los empleados de carrera administrativas son los únicos que no pueden ser cancelados por cambios de gobierno, ya que tienen derecho a la permanencia y reserva de su puesto laboral.
Quienes logran acceder a un empleo en el Estado dominicano lo hacen por libre nombramiento y remoción, cuando son de alto nivel o cargos de confianza; por estatuto simplificado, cuando son contratados para labores técnicas y de servicios diversos; o temporales, cuando se contratan para vacantes de puestos de carrera administrativa que no tienen una terna institucional.
También pueden entrar directamente a carrera administrativa si participan en los concursos públicos y logran superar las pruebas e instrumentos de evaluación requeridos para el cargo.
La directora de Sistemas de Carrera del Ministerio de Administración Pública (MAP), Alexandra Olivo, explica que independientemente de la forma en que una persona haya ingresado a trabajar en el Estado pueden aspirar a ser de carrera administrativa y que esto no tiene que ver con el tiempo que tenga en la instituciones sino con las competencias demostradas en los concursos públicos.
Sostiene que la estabilidad y permanencia de los servidores de carrera en sus puestos de trabajo tiene protección constitucional y por tanto, la cancelación de un empleado de carrera que no haya cometido falta se convierte en una violación a la Constitución de la República. 
Olivo indica que la Ley 41-08 detalla como requisitos para ingresar al sistema de carrera, los siguientes:
  • Ser dominicano/a.
  • Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
  • No haber sido sancionado por sentencia judicial.
  • Contar con la edad legalmente instituida.
  • Cumplir los requerimientos mínimos exigidos para desempeñar los cargos al que aspira. Contar con la formación dispuesta en los perfiles de los cargos publicados para concurso.
  • No ser elegible para el otorgamiento de una pensión o jubilación. 
  • Contar con una edad inferior a 55 años.
  • Demostrar durante el concurso que es el candidato idóneo, superando todas las fases de evaluación del concurso (Análisis de la documentación presentada que avale su formación, superar prueba técnica y superar la entrevista en base a competencias).
Sobre el proceso para ser elegido para un cargo de carrera administrativa, Olivo explica que la Ley de Función Pública exige que un jurado designado previamente, del cual el MAP es parte, selecciona el candidato con la calificación más alta y se le nombra de manera provisional, en período de prueba, el cual puede ser de 6 a 12 meses, y luego de las evaluaciones de desempeño es reconocido por el MAP como servidor de carrera.

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