7 de marzo de 2010

PRD demanda a la JCE que anule la alianza entre PLD y PRSC

Por: ALBERTO GARCIA HUERTA

El partido blanco afirma que fue depositada sin firma de Rogelio Genao, secretario general reformista, y la corrección fue hecha fuera de tiempo.

SANTO DOMINGO.- El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) solicitó a la Junta Central Electoral que declare irrecibible y nulo el pacto de alianza suscrito entre los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Reformista Social Cristiano (PRSC) depositado el 2 de marzo pasado.

En una instancia depositada ayer por el presidente del PRD, Miguel Vargas, y los delegados perredeístas ante la institución electoral, doctores Virgilio Bello Rosa y Teófilo Rosario, pidieron declarar nula la alianza, por carecer de la firma del secretario general del PRSC.

En la instancia entregada a las 4:00 de la tarde a través del presidente de la institución, Julio César Castaños Guzmán, el PRD pidió a los jueces del tribunal electoral que se declare irrecibible el referido pacto, “por haberse depositado fuera de plazo y porque constituye un plazo nuevo en contravención de la Ley Electoral No. 275-97”.

Argumenta el PRD que el pacto de alianza depositado el pasado 2 de marzo, para fecha límite dada a los partidos para esos fines, sólo está firmado por el secretario general del PLD, Reinaldo Pared Pérez, y el presidente del PRSC, Carlos Morales Troncoso, no así por el secretario general reformista, Ramón Rogelio Genao, cuya firma dice que fue omitida.

Señalan los dirigentes perredeístas que en fecha 5 de marzo de 2010, ese partido depositó ante el Pleno de la JCE una comunicación en la cual alertaba a ese organismo en el sentido de que la Ley Electoral No. 275-97 y el Reglamento Sobre Fusiones, Alianzas y Coaliciones para las elecciones del corriente año 2010 en sus artículos 16 y 19, en relación al plazo de depósito y sobre las correcciones de errores u omisiones.

Señala el PRD que esos artículos establecen “si en la solicitud de la fusión, alianza o coalición en los documentos requeridos como anexos, se encontraran errores u omisiones subsanables, la Secretaria de la Junta Central Electoral lo comunicará a los solicitantes a través de los representantes de los Partidos aliados para que proceda a subsanarlos en el plazo de tres días a partir de la notificación”.

Considera el partido opositor que el PLD y el PRSC violan los términos contenidos en la Ley Electoral No. 275-97 y el Reglamento sobre Fusiones, Alianzas y Coaliciones, y hacen una incorrecta interpretación del significado de corrección de errores u omisiones subsanables, cuando pretenden a través de una solicitud de corrección modificar el pacto de alianza, para ampliar su alcance.

Según el PRD, los errores contenidos en el pacto de alianza entre esos dos partidos no son de forma, sino de fondo, por carecer de la firma de una de sus autoridades.

Los dirigentes perredeístas concluyen en que tanto el pacto de alianza depositado el día 2 de marzo, como el nuevo depositado en día 5 de marzo, adolecen de requisito de fondo que los hacen radicalmente nulo e inoponible al PRD.

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