La Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral, emitió una resolución con el objetivo de controlar el uso inadecuado de los recursos del Estado y otras medidas que tiendan a contribuir con el fortalecimiento del actual proceso electoral. Uno de los considerando establece que como en efecto requiere, de las instituciones que administran programa de asistencia social directa a los ciudadanos, entiéndase Comedores Económicos del Estado, Lotería Nacional, Plan Social de la Presidencia, Oficina Nacional de Desarrollo de la Comunidad, informar a la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral de los programas sociales previstos a desarrollarse a partir de la recepción de la notificación de la presente disposición, hasta el 17 de mayo del 2010.
Dispone además que los partidos políticos concurrentes en el proceso electoral con candidaturas propias, o como parte de una alianza de partidos, deben abstenerse de realizar actividades proselitista en el mismo espacio en que se estén desarrollando los programas sociales, a una distancia prudente, o de manera tal que evite cualquier tipo de suposición de que las mismas se realicen en combinación con los programas sociales del Estado.
Precisa además requerir a los organismos del Estado antes citados, abstenerse de realizar actividades de asistencia social que no sean contenidas en su programa anual diseñado, y que estén contemplados en el Presupuesto de Ley y Gastos Públicos de la República del 2010.
Dispone además que los partidos políticos tomen comunicación por esta instancia de los programas y calendarios de estas instituciones del Estado, a fin de readecuar sus programas, para que estas actividades proselitistas no coincidan con los programas sociales institucionales existentes.
En su quinto párrafo establece además que la Dirección de Inspectoría de la JCE y las Juntas Electorales de los diferentes municipios, den seguimiento al cumplimiento de esta disposición, y en caso de comprobar la ocurrencia de situaciones como la descrita apoderar a la Policía Electoral, ya sea a través de la Cámara Administrativa, o el representante de la Policía Militar Electoral de su municipio, en caso de flagrancia.
El último punto de la resolución ordena al jefe de la Policía Militar Electoral diseñar y emplear un dispositivo que procure garantizar la ejecución de la presente disposición.
El documento en cuestión está firmado por Roberto Rosario, presidente de la Cámara Administrativa y los demás miembros del organismo José Ángel Aquino, César Féliz y Féliz y la secretaria del organismo Flor Alba Sanz Galay.
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