14 de abril de 2011

Poder Ejecutivo promulga ley prohíbe embargar fondos públicos


La citada legislación busca evitar la práctica perniciosa a los intereses públicos
 
SANTO DOMINGO. El presidente Leonel Fernández promulgó el pasado martes la Ley 86-11 que prohíbe embargar fondos públicos depositados en entidades de intermediación financiera o asignados en subcuentas especiales de la Tesorería Nacional en provecho de los órganos del Estado.

En su primer considerando la iniciativa indica que la marcha regular y continua de los asuntos públicos resulta indispensable la disponibilidad de los recursos financieros asignados a los órganos y entidades públicas en el Presupuesto General del Estado.

La citada legislación busca evitar la práctica perniciosa a los intereses públicos, el embargo en manos de terceros o del Tesorero Nacional, de los fondos asignados en los prepuestos públicos a los órganos del Estado, los organismos autónomos y descentralizados no financieros, el Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales.
En tanto, en su artículo primero la Ley 86-11 establece que "los fondos públicos depositados en entidades de intermediación financiera o asignados en subcuentas especiales de la Tesorería, los municipios, los distritos municipales y los organismos autónomos y descentralizados no financieros, así como las sumas que les adeudan personas físicas o morales por concepto de tributos o cualquier otra causa, no podrán ser retenidos como consecuencia de embargo retentivo u oposición de cualquier naturaleza".

La ley fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 22 de marzo y ratificada por el Senado de la República en su sesión del día 30. La promulgación del Poder Ejecutivo tiene fecha del 13 de abril; pero fue difundida en la tarde de hoy por la Dirección de Prensa de la Presidencia.

De Bienvenido Scharboy

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