SANTO DOMINGO.- El ministro de Hacienda, Vicente Bengoa, explicó este viernes que la indexación, o medidas para mejorar la administración tributaria, se hará mediante resolución en forma gradual y “no de un sólo golpe y no tiene que ir al Congreso, porque así lo determina la Ley”. Bengoa aclaró que la modificación a la Ley de Hidrocarburos, la 112-00, de no contempla aumento de impuestos a los combustibles, sino medidas para mejorar la administración tributaria. Dijo que sobre este tema se ha creado una confusión. “De lo que se trata es de la puesta al día de una indexación contemplada en la carta de intención firmada con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en octubre del 2009”, precisó el funcionario.
INDEXACIÓN: “mecanismo mediante el cual los precios fijados en un contrato se van ajustando de acuerdo en los cambios del índice general de precios, esta es una práctica frecuente cuando existe una elevada y prolongada inflación”.
Al indicar que todos los impuestos selectivos al consumo se indexan anualmente, Bengoa dijo que desde el primer trimestre del año 2007 el impuesto a los derivados del petróleo no se indexa, debido al alza que experimentaba el barril de petróleo, que llegó a situarse a casi 150 dólares a mediados del 2008.
Explicó que la modificación a la Ley 112-00 contempla unificar el cobro de los impuestos en una oficina recaudadora, ya que en su artículo 6 ordena que “la Secretaría de Estado de Finanzas, ahora Ministerio de Hacienda, a través de la Tesorería Nacional, será responsable de la administración de las recaudaciones correspondientes a este impuesto y determinará, vía, resoluciones administrativas los procedimientos a seguir y los mecanismos para contabilizar y realizar los pagos de este impuesto”.
Además, establece que sea el Ministerio de Hacienda, mediante resolución, que fije los precios de los combustibles semanalmente, potestad ahora del Ministerio de Industria y Comercio.
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Autor: FRANCIA VALDEZ
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