26 de agosto de 2013

Gran “estafa” de COOPNAMA afecta a más de 120 mil de sus afiliados


POR IVONNE FERRERAS
 SANTO DOMINGO.-En una manifestación abierta de “estafa y abuso de confianza”, la Cooperativa Nacional de Servicios Múltiples de los Maestros (COOPNAMA) vuelve a colocarse en el centro de los cuestionamientos públicos, esta vez debido a la negativa de sus principales directivos de entregar a sus socios los excedentes por ganancias netas, generados por las actividades realizadas por los más de 120 mil afiliados.

El método utilizado por los directivos de COOPNAMA es el de recapitalizar dichos excedentes, que del 2007 al 2011 alcanzaron la suma de 113 mil 400 millones de pesos, dinero que en lugar de ser entregado a los socios, se les presta a la tasa vigente en el mercado, un 24 por ciento anual, es decir, a un dos por ciento de interés mensual.

El mecanismo de recapitalización es el de traspasar estos excedentes que pertenecen a los socios a un denominado capítulo de cuentas de aportaciones, que según la Ley 127-64 sobre Cooperativismo, solamente pueden ser retirados por muerte o renuncia del socio.

Los profesores Miguel Martínez y Félix Rodríguez, quienes hacen la denuncia y en la actualidad recolectan firmas de los afiliados de esta cooperativa a fin de que se cumpla con lo establecido por la ley y los reglamentos de la entidad, refieren que la respuesta “infeliz” de los ejecutivos de COOPNAMA es que de cumplirse con lo previsto en la ley, entonces se descapitalizaría la cooperativa.

Los profesores Martínez y Rodríguez explicaron que de los 113 mil 400 millones de pesos de ganancias netas del período 2007-2011, solo fueron reportados mil 82 pesos, lo que implica un 31 por ciento en esos cinco años, cuando los estatutos dicen que las cooperativas deben retener un 21 por ciento y en este caso el porcentaje retenido es de un 69 por ciento.

Ante la negativa de los directivos de COOPNAMA a ofrecer explicaciones, los afiliados han solicitado, mediante actos de alguacil números 621 del 28 de mayo; 490, del diez de junio y 722 del cinco de agosto de este 2013, la entrega de los excedentes mencionados o de lo contrario procederán al sometimiento por ante los tribunales de la República por estafa y abuso de confianza, según lo establecen los artículos 405 y 408 del Código Penal.

Tomado de la Z-101, digital

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