4 de febrero de 2014

Gobiernos RD y Haití acuerdan levantamiento veda a productos avícolas; condicionan comercio

La República Dominicana y Haití alcanzaron este lunes varios acuerdos en materia de agricultura, migración, policía, medio ambiente, aduanas y lucha contra el narcotráfico, tras una extensa segunda ronda de negociaciones en la localidad fronteriza de
Jimaní.

Pasada la 1:00 de la madrugada, el ministro dominicano de la Presidencia, Gustavo Montalvo, y el primer ministro haitiano, Laurent Lamothe, dieron lectura al documento conjunto que puso fin a una segunda ronda de conversaciones que se iniciaron en enero y que continuarán el próximo 12 de marzo en territorio dominicano.

Entre los acuerdos, firmados luego de ser presentados a la prensa,  figura el levantamiento por parte de Haití de la veda a los productos avícolas dominicanos que podrán entrar de nuevo en territorio haitiano tras superar pruebas de control de calidad en la República Dominicana.

En la resolución, firmada por Luis Ramón Rodríguez y Thomas Jacques, ministros de Agricultura de ambas naciones, se establecen varios requerimientos para facilitar el comercio de productos avícolas procedentes de países libres, zonas o compartimientos libres de influenza aviar de declaración obligatoria, según un certificado sanitario internacional, que garantice los huevos y aves hayan pasado por un proceso de gestión de calidad y no presenten contaminación por influenza o virus patógenos.

En el referido acuerdo, las partes firmartes pactaron entre otros puntos que para facilitar el libre comercio de los productos avícolas:

A) Huevos destinados para el consumo humano:

1.       Los huevos se produjeron en una zona o un compartimiento libre de influenza aviar de declaración obligatoria.

2.       Los huevos se transportan en embalajes nuevos o debidamente desinfectados.



B) Huevos fértiles (para incubación)

1. Los huevos proceden de una zona o un compartimiento libre de influenza aviar de declaración obligatoria.

2. Los huevos proceden de parvadas parentales que permanecieron en una zona o un compartimiento libre de influenza aviar de declaración obligatoria durante, por lo menos, los 21 días anteriores a su recolección y durante su recolección.

3. Los huevos se transportan en embalajes nuevos o debidamente desinfectados. Si las parvadas parentales se vacunaron contra la influenza aviar, se adjuntará al certificado la documentación que especifique la naturaleza de la vacuna empleada y la fecha de la vacunación.



C) Aves de corral vivas (Que no sean pollitos de un día)

El certificado veterinario internacional debe comprobar que:

1.       Las aves de corral no manifestaron ningún signo clínico de influenza aviar de declaración obligatoria el día del embarque.

2.       Las aves de corral permanecieron en una zona o un compartimiento libre de influenza aviar de declaración obligatoria durante desde su nacimiento o durante, por lo menos, los 21 días.

3.       Las aves de corral se transportan en contenedores nuevos o debidamente desinfectados.



D) Para las carnes frescas de aves de corral

El Certificado veterinario internacional debe comprobar que las carnes frescas que pertenecen a la presente expedición proceden en totalidad de aves:

1.       Que permanecieron en un país, una zona o un  compartimiento libre de infección por virus de la influenza aviar altamente patógena en aves de corral desde su nacimiento o durante, por lo menos, los 21 últimos días.

2.       Que se sacrificaron en un matadero autorizado situado en un país, o una zona o un compartimiento libre de infección por virus de la influenza aviar altamente patógena en aves de corral y se sometieron, a inspecciones ante mortem y post mortem en las que se reconocieron libres de signos compatibles con la influenza aviar.

Autor: Ariel Cabral

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