9 de abril de 2014

Reinaldo Pared dice querellas de ciudadanos podrían ser declaradas inconstitucionales


Foto de archivo del presidente del Senado, Reinaldo Paréd PérezSANTO DOMINGO. El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, advirtió que de mantenerse la prerrogativa de los ciudadanos de querellarse contra funcionarios establecida en el artículo 85 del Código Procesal Penal (CPP), las querellas podrían declararse inconstitucionales porque no están contempladas en la Carta Magna.

"Eso es cierto, esa posibilidad", afirmó y recordó que la Constitución solo establece como derecho de ciudadanía la posibilidad de los ciudadanos de presentar denuncias. 

Aseguró que no ha sido una práctica del Senado quitarle los derechos de los ciudadanos y recordó que fue en la asamblea revisora que él presidió que en la Constitución vigente se incorporó esa prerrogativa ya que los ciudadanos solo tenían derecho de votar y de ser elegidos.

El funcionario no quiso profundizar mucho sobre la inconstitucionalidad o no de las querellas, establecidas en el Código Procesal Penal (CPP) vigente, debido a que ese tema es competencia del Tribunal Constitucional, que está apoderado de un recurso en ese sentido.

Pared Pérez reveló que el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, le explicó que la intención de ese hemiciclo en eliminar la prerrogativa de presentar querellas se fundamentó en adaptar la pieza legislativa que modifica varios artículos del CPP a lo que establece la Constitución.

Durante la sesión ordinaria celebrada hoy, el presidente del Senado dio explicaciones técnicos-jurídicas, sociales y políticas en torno a todo lo que ha ocurrido en el Congreso Nacional respecto a las modificaciones que le hicieron al CPP.

"Hay que escuchar la presión popular" sobre el CPP

Por otro lado, el presidente de la Comisión de Justicia del Senado, Francis Vargas, favoreció que en el Congreso Nacional sea mantenida la prerrogativa que tiene un ciudadano de querellarse contra un funcionario, establecida en un párrafo del artículo 85 del Código Procesal Penal (CPP) y que se eliminó..

"Hay una presión popular, la sociedad se ha expresado en esos términos y yo creo que a eso hay que prestarle atención", expresó.

Sin embargo, precisó que como el numeral 5 del artículo 22 de la Constitución establece el derecho ciudadano de presentar denuncias por las faltas que cometan los funcionarios, afirmó que lo que se hizo en la Cámara de Diputados fue adaptar el CPP a lo que establece la Ley de Leyes. 

Pared Pérez y Vargas recordaron que desconocen el contenido de las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo a esa pieza legislativa, la cual fue observada, pero no devuelta al Congreso Nacional.

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